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Acuerdo de Confidencialidad

Proteja información privada, secretos comerciales y datos empresariales con un Acuerdo de Confidencialidad adaptado a sus necesidades. Responda unas preguntas para personalizar el documento, definir las obligaciones de las partes y descargarlo en PDF o Word para revisarlo, imprimirlo y firmarlo.

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¿La información confidencial la divulga una persona o una empresa?

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Last Update August 10, 2026

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¿Qué es un Acuerdo de Confidencialidad?

Un acuerdo de confidencialidad o NDA (por las siglas en inglés de Non-Disclosure Agreement) es un contrato mediante el cual una o varias partes se comprometen a proteger determinada información y a no divulgarla ni utilizarla para fines no autorizados.

También se conoce como:

  • Contrato de confidencialidad
  • Convenio de confidencialidad
  • Acuerdo de no divulgación
  • Acuerdo de secreto comercial

Normalmente, el documento identifica a una parte divulgadora, que comparte la información, y a una parte receptora, que accede a ella.

El acuerdo establece qué datos están protegidos, cómo pueden utilizarse, quién puede acceder a ellos y durante cuánto tiempo deben mantenerse en secreto.

Un NDA puede ser un contrato independiente o formar parte de otro documento, como un contrato laboral, un acuerdo de servicios o un contrato con un proveedor.

¿Qué Tipos de Acuerdos de Confidencialidad Existen?

El tipo de NDA que necesita depende de quién compartirá la información y de las obligaciones que cada parte asumirá. Generalmente, hay 3 tipos:

Acuerdo unilateral

Solo una de las partes comparte información confidencial. La otra se compromete a protegerla y utilizarla únicamente para el propósito autorizado.

Es habitual cuando una empresa comparte información con:

  • Un empleado
  • Un contratista independiente
  • Un proveedor
  • Un consultor
  • Un posible inversionista

Acuerdo bilateral o mutuo

Ambas partes intercambian información privada y se comprometen a proteger los datos recibidos. Puede utilizarse durante una negociación, una colaboración empresarial o el desarrollo conjunto de un producto.

Acuerdo multilateral

Participan tres o más personas o empresas. Al menos una de ellas comparte información confidencial y las demás aceptan determinadas obligaciones respecto de su uso y divulgación.

Este tipo de convenio puede resultar útil cuando intervienen varias empresas, asesores, desarrolladores o proveedores en un mismo proyecto.

¿Para qué sirve un contrato de confidencialidad?

Un contrato de confidencialidad sirve para establecer reglas claras antes de compartir información sensible.

Puede ayudarle a:

  • Identificar qué información debe mantenerse en secreto.
  • Limitar el uso de los datos a una finalidad concreta.
  • Impedir que la parte receptora comparta información con terceros no autorizados.
  • Exigir medidas razonables para proteger documentos, archivos o comunicaciones.
  • Establecer qué debe ocurrir con la información al finalizar la relación.
  • Dejar constancia de las obligaciones aceptadas por cada parte.
  • Reclamar las medidas legales correspondientes en caso de incumplimiento del contrato.

¿Cuándo se Necesita un Acuerdo de Confidencialidad?

Puede utilizar un NDA o acuerdo de no divulgación en diversas situaciones. Algunas de las más habituales son:

Situación¿Cómo puede ayudarle un NDA?
Contratación de empleadosProtege los datos de clientes, los procesos internos, las estrategias y los secretos comerciales.
Trabajo con contratistasPermite compartir la información necesaria para un proyecto sin autorizar otros usos.
Negociaciones empresarialesProtege los datos intercambiados durante una asociación, inversión, compra o fusión.
Presentación de una ideaAyuda a proteger una invención, un prototipo, un diseño o un concepto empresarial.
Contratación de proveedoresLimita el uso de la información sobre productos, precios, clientes y operaciones.
Desarrollo de softwareProtege el código fuente, las especificaciones, los sistemas, los diseños y la documentación técnica.
Compraventa de empresasProtege la información financiera y comercial compartida durante la due diligence.
Colaboraciones profesionalesDefine las obligaciones de las partes al compartir conocimientos o datos privados.

Ejemplo de Contrato de Confidencialidad

Revisar un ejemplo puede ayudarle a entender cómo se estructura un NDA antes de crear el suyo. Nuestra plantilla le guía paso a paso para crear un documento personalizado y descargarlo en formato PDF o Word.

Comience su Acuerdo de Confidencialidad

¿Qué se Considera Información Confidencial?

La información confidencial puede abarcar datos escritos, verbales, digitales o visuales que no son de dominio público y que se comparten con una finalidad determinada.

Dependiendo de la relación entre las partes, puede incluir:

  • Secretos comerciales
  • Planes y estrategias empresariales
  • Listas de clientes o proveedores
  • Información sobre precios y costos
  • Registros financieros
  • Presupuestos y proyecciones
  • Procesos de fabricación
  • Fórmulas y métodos de producción
  • Ideas, diseños e inventos
  • Prototipos y especificaciones
  • Código fuente y software propietario
  • Investigaciones y resultados de pruebas
  • Datos internos de usuarios
  • Estrategias de marketing
  • Condiciones contractuales
  • Información sobre productos aún no anunciados

Nota: la descripción debe ser lo suficientemente concreta como para que la parte receptora entienda qué está obligada a proteger.

¿Qué información no suele considerarse confidencial?

Por otro lado, un NDA normalmente excluye la información que:

  • Ya era pública cuando se divulgó.
  • Se hizo pública sin que la parte receptora incumpliera el acuerdo.
  • La parte receptora conocía legalmente antes de recibirla.
  • Fue obtenida legítimamente de un tercero sin deber de confidencialidad.
  • Fue desarrollada de manera independiente, sin utilizar datos protegidos.
  • La parte divulgadora autorizó por escrito la revelación.
  • Debe comunicarse por orden judicial o por obligación legal.
  • Se divulga a una autoridad en el marco de una actividad protegida por la ley.

¿Cómo Redactar un Convenio de Confidencialidad?

Para saber cómo elaborar un contrato de confidencialidad, comience por determinar qué información compartirá, quién podrá utilizarla y para qué finalidad.

Luego, siga los siguientes pasos:

1. Identifique a las partes

Incluya los nombres legales y las direcciones de quienes firman el acuerdo. Indique quién comparte la información y quién la recibe.

2. Elija el tipo de acuerdo

Determine si será unilateral, mutuo o multilateral.

3. Explique la finalidad

Indique para qué se compartirá la información, como realizar un proyecto, evaluar una relación comercial o desempeñar un trabajo.

4. Defina la información confidencial

Describa claramente los datos protegidos, como secretos comerciales, listas de clientes, estrategias, diseños o información financiera.

5. Establezca las obligaciones

Especifique que la información solo podrá utilizarse para la finalidad acordada, no podrá divulgarse sin autorización y deberá protegerse con medidas razonables.

6. Incluya las excepciones

Aclare qué información queda fuera del acuerdo, como aquella que ya es pública, se obtuvo legalmente de otra fuente o debe divulgarse por obligación legal.

7. Determine la duración

Establezca cuándo comienza el acuerdo y durante cuánto tiempo deberán mantenerse las obligaciones de confidencialidad.

8. Añada la ley aplicable y las consecuencias

Indique qué estado regirá el acuerdo y qué medidas podrán solicitarse en caso de incumplimiento, como detener la divulgación o reclamar daños.

9. Revise y firme el documento

Todas las partes deben revisar y firmar el acuerdo, preferiblemente antes de compartir la información confidencial.

Consecuencias de Incumplir un Contrato de Confidencialidad

Si usted incumple un NDA, puede enfrentar consecuencias legales significativas, que varían según el daño causado y las cláusulas del contrato:

  • Demanda civil por daños y perjuicios.
  • Medidas cautelares que obliguen a detener de inmediato la divulgación.
  • Pago de daños y perjuicios liquidados si el contrato lo estipula.
  • Responsabilidad penal por secretos comerciales protegidos por la Defend Trade Secrets Act (DTSA).
  • Pago de honorarios legales por la parte afectada.

Otros Documentos Relacionados

Un acuerdo de no divulgación puede utilizarse junto con otros documentos que regulan una relación laboral y con los que puede familiarizarse en nuestra plataforma:

  • Contrato de trabajo
  • Carta de renuncia
  • Carta de cese y desistimiento

Preguntas sobre Acuerdos de Confidencialidad

Un NDA protege información confidencial, evitando que divulgación o uso no autorizado. Un acuerdo de no competencia restringe dónde y para quién puede trabajar usted tras finalizar una relación laboral o contractual, por un tiempo y área determinados.

En síntesis: el NDA regula qué puede compartirse; el Acuerdo de No Competencia regula para quién puede trabajar usted después.

Son documentos compatibles y suelen usarse juntos en un mismo contrato cuando se maneja información sensible del negocio.

Los dos documentos pueden utilizarse juntos, pero deben regular obligaciones distintas.

La duración depende de lo que usted establezca en el contrato y del tipo de información.

En la mayoría de las relaciones comerciales estándar, el plazo de confidencialidad suele ser de 1 a 5 años tras la finalización del contrato.

Sin embargo, si lo que se protege es un secreto comercial (como un ingrediente secreto de un producto), la confidencialidad suele establecerse por tiempo indefinido, mientras la información siga siendo un secreto valioso.

Por lo general, un acuerdo de confidencialidad no requiere notarización para ser válido. Normalmente, basta con que las partes capaces de contratar acepten las condiciones y firmen el documento.

La notarización puede ayudar a verificar la identidad de los firmantes, pero no sustituye una redacción adecuada ni garantiza que todas las cláusulas sean aplicables. Los requisitos pueden variar según el estado, el contenido del acuerdo y la situación concreta.

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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD (NDA)
Este Acuerdo de Confidencialidad (este «Acuerdo») se celebra con fecha de _________ («Fecha de entrada en vigor»), entre _________ (la «Parte Divulgadora»), con domicilio en _________, y _________ (la «Parte Receptora»), con domicilio en _________.
Las Partes desean explorar una posible relación comercial relacionada con el siguiente propósito:

_________

La Parte Divulgadora podrá compartir determinada información confidencial con la Parte Receptora en relación con el propósito indicado anteriormente. La Parte Receptora acepta proteger dicha información conforme a los términos de este Acuerdo. Por lo tanto, las partes acuerdan lo siguiente:

I. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. El término «Información Confidencial» significa cualquier información divulgada por la Parte Divulgadora a la Parte Receptora, directa o indirectamente, ya sea por escrito, oralmente, por medios electrónicos, mediante inspección de objetos tangibles o por cualquier otro medio. La Información Confidencial puede incluir, entre otros, investigaciones, planes de productos, productos, servicios, equipos, clientes, mercados, software, invenciones, descubrimientos, ideas, procesos, diseños, dibujos, hardware, fórmulas, especificaciones, configuraciones de productos, documentos de marketing y finanzas, prototipos, muestras, conjuntos de datos y cualquier otra información de terceros que esté en posesión de la Parte Divulgadora y sea divulgada a la Parte Receptora conforme a este Acuerdo.

No obstante, la Información Confidencial no incluirá lo siguiente: Cualquier información respecto de la cual la Parte Receptora pueda demostrar que (i) era de conocimiento público y estaba generalmente disponible en el dominio público antes del momento de su divulgación a la Parte Receptora por parte de la Parte Divulgadora, ya sea una persona o una empresa; (ii) pasa a ser de conocimiento público y queda generalmente disponible después de su divulgación a la Parte Receptora por parte de la Parte Divulgadora sin acción u omisión de la Parte Receptora; (iii) está en posesión de la Parte Receptora, sin restricciones de confidencialidad, en el momento de la divulgación por parte de la Parte Divulgadora, según lo demuestren los archivos y registros contemporáneos de la Parte Receptora conservados en el curso ordinario de los negocios; o (iv) es fácilmente determinable o fue desarrollada de forma independiente.

Si la Parte Receptora se ve legalmente obligada a divulgar cualquier Información Confidencial, salvo en virtud de un acuerdo de confidencialidad, la Parte Receptora proporcionará a la Parte Divulgadora una notificación inmediata por escrito de dicha divulgación y asistirá a dicha Parte Divulgadora en la obtención de una orden de protección u otro recurso apropiado. Si la Parte Divulgadora renuncia al cumplimiento de este Acuerdo por parte de la Parte Receptora o no obtiene una orden de protección u otro recurso apropiado, la Parte Receptora proporcionará únicamente aquella porción de la Información Confidencial cuya divulgación sea legalmente exigida; siempre que cualquier Información Confidencial así divulgada mantenga su protección de confidencialidad para todos los efectos distintos de dicha divulgación legalmente exigida.

II. PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. No uso, no divulgación. La Parte Receptora se obliga a lo siguiente: (i) No copiar ninguna Información Confidencial sin el consentimiento previo por escrito de la Parte Divulgadora; (ii) No usar la Información Confidencial para ningún propósito distinto de evaluar y participar en conversaciones relacionadas con la posible relación comercial entre las Partes; (iii) Notificar de inmediato a la Parte Divulgadora si tiene conocimiento de cualquier uso o divulgación no autorizados de la Información Confidencial; (iv) No divulgar ninguna Información Confidencial a terceros ni a empleados de la Parte Receptora, salvo a aquellos empleados que necesiten tener la información para evaluar o participar en conversaciones relativas a la relación comercial contemplada; (v) Si corresponde, la Parte Receptora No realizará ingeniería inversa, ni desensamblará ni descompilará ningún prototipo, software u objeto tangible que incorpore Información Confidencial; (vi) La Parte Receptora reconoce que la Parte Divulgadora ha desarrollado o adquirido la Información Confidencial tras una considerable inversión de tiempo y esfuerzo, lo que hace que dicha Información Confidencial sea valiosa, distinguible y única, y constituya un activo considerable, que es propiedad de la Parte Divulgadora y debe protegerse frente a cualquier posible tipo de divulgación por parte de la Parte Receptora.

III. MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y RECURSOS POR INCUMPLIMIENTO. (i) La Parte Receptora acuerda que adoptará medidas razonables para proteger la confidencialidad de la Información Confidencial y evitar su uso o divulgación no autorizados. (ii) Sin limitar lo anterior, la Parte Receptora adoptará al menos las medidas que adopta para proteger su propia Información Confidencial más sensible y hará que sus empleados, contratistas, asesores, socios o representantes que tengan acceso a la Información Confidencial firmen un acuerdo de confidencialidad y uso restringido con un contenido sustancialmente similar a las disposiciones del presente, antes de cualquier divulgación de Información Confidencial a dichas personas. (iii) La Parte Receptora no realizará copias de la Información Confidencial a menos que las mismas hayan sido previamente aprobadas por escrito por la Parte Divulgadora. (iv) La Parte Receptora reproducirá los avisos de derechos de propiedad de la Parte Divulgadora en cualquiera de dichas copias aprobadas, de la misma manera en que dichos avisos figuraban en el original. (v) La Parte Receptora notificará de inmediato a la Parte Divulgadora en caso de cualquier uso o divulgación no autorizados de la Información Confidencial. (vi) La Parte Receptora acuerda que cualquier violación o amenaza de violación de este Acuerdo causará un daños y prejuicios a la Parte Divulgadora, lo que dará derecho a dicha parte a obtener medidas cautelares para impedir que la Parte Receptora divulgue total o parcialmente la Información Confidencial, además de todos los recursos legales, incluidas las reclamaciones por pérdidas y daños.
IV. NO ELUSIÓN Y NO CAPTACIÓN. No obstante cualquier disposición en contrario en este Acuerdo, la Parte Receptora acepta que, durante un período de a partir de la Fecha de Entrada en Vigor, no deberá, directa ni indirectamente, por sí misma ni por medio de sus empleados, filiales, afiliadas, representantes, socios, agentes o cualquier otra parte relacionada, usar la Información Confidencial para eludir, excluir o evitar la participación de la Parte Divulgadora en cualquier oportunidad comercial, proyecto, transacción, contacto, cliente, proveedor, inversionista, socio comercial u otro tercero presentado, identificado o facilitado por la Parte Divulgadora.

La Parte Receptora no deberá contactar, contratar, negociar, hacer negocios ni intentar hacer negocios directamente con dichos contactos, clientes, proveedores, inversionistas, socios comerciales o terceros con el propósito de evitar el pago de honorarios, comisiones, participaciones, compensaciones u otros beneficios económicos que pudieran corresponder a la Parte Divulgadora en relación con la oportunidad comercial contemplada por este Acuerdo, salvo que cuente con el consentimiento previo y por escrito de la Parte Divulgadora.

Si la Parte Receptora incumple esta cláusula y, como resultado de dicho incumplimiento, obtiene directa o indirectamente un beneficio económico relacionado con una oportunidad comercial presentada, identificada o facilitada por la Parte Divulgadora, la Parte Divulgadora tendrá derecho a reclamar las comisiones, honorarios, participaciones, compensaciones, daños y demás remedios disponibles conforme a este Acuerdo y la ley aplicable.

Asimismo, durante un período de a partir de la Fecha de Entrada en Vigor, la Parte Receptora no deberá solicitar, inducir, desviar, contratar ni intentar solicitar, inducir, desviar o contratar, directa ni indirectamente, a ningún empleado, consultor, contratista, cliente, proveedor, distribuidor, socio comercial o contacto de la Parte Divulgadora que haya sido identificado, presentado o dado a conocer a la Parte Receptora en relación con la Información Confidencial o la oportunidad comercial contemplada por este Acuerdo.

Nada en esta cláusula impedirá que la Parte Receptora mantenga relaciones comerciales que ya existían antes de la divulgación de la Información Confidencial, siempre que la Parte Receptora pueda demostrar dicha relación previa mediante registros contemporáneos y que dicha relación no haya surgido del uso de la Información Confidencial ni de una presentación realizada por la Parte Divulgadora.

V. DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. A solicitud por escrito de la Parte Divulgadora, la Parte Receptora devolverá o destruirá todos los documentos, materiales, objetos tangibles y copias que contengan, reflejen o se relacionen con la Información Confidencial de la Parte Divulgadora. La Parte Receptora deberá realizar dicha devolución o destrucción de inmediato, según lo solicite la Parte Divulgadora, y no conservará copias, extractos, resúmenes ni reproducciones de dicha Información Confidencial, salvo en la medida en que la ley aplicable o una obligación de conservación legal exija lo contrario.

Toda la Información Confidencial seguirá siendo propiedad de la Parte Divulgadora. La Parte Receptora no tendrá derecho a usar, explotar ni divulgar la Información Confidencial para ningún propósito después de su devolución o destrucción, salvo en la medida expresamente permitida por este Acuerdo.

VI. AUSENCIA DE OBLIGACIÓN DE REALIZAR UNA TRANSACCIÓN. Nada en este Acuerdo obligará a la Parte Divulgadora ni a la Parte Receptora a celebrar una transacción, comprar bienes o servicios, iniciar o continuar una relación comercial, ni completar cualquier proyecto u oportunidad comercial. Cada Parte se reserva el derecho, a su entera discreción, de terminar las conversaciones relacionadas con la oportunidad comercial contemplada por este Acuerdo.

Nada en este Acuerdo se interpretará como una restricción al derecho de la Parte Divulgadora a usar o divulgar su propia Información Confidencial. El propósito de este Acuerdo es proteger la Información Confidencial compartida entre las Partes durante la evaluación de una posible relación comercial.

VII. SIN GARANTÍA. La Información Confidencial se proporciona “tal cual”. La Parte Divulgadora no otorga garantías, expresas, implícitas ni de otro tipo, respecto de la exactitud, integridad, rendimiento, comerciabilidad, idoneidad para un propósito particular, titularidad o no infracción de derechos de terceros.

La Parte Divulgadora no declara ni garantiza que ningún producto, servicio, plan de negocio, oportunidad comercial o información divulgada a la Parte Receptora vaya a comercializarse, implementarse o llevarse a cabo, ni que produzca algún resultado específico. Cualquier decisión que adopte la Parte Receptora con base en la Información Confidencial será por su cuenta y riesgo, salvo en la medida en que este Acuerdo o la ley aplicable dispongan lo contrario.

VIII. LICENCIA LIMITADA DE USO. La Parte Receptora reconoce que nada en este Acuerdo le otorga licencia, cesión ni derecho alguno sobre patentes, marcas, derechos de autor, secretos comerciales u otros derechos de propiedad intelectual de la Parte Divulgadora, salvo el derecho limitado de usar la Información Confidencial únicamente para el propósito permitido por este Acuerdo.

La Parte Receptora no adquirirá ningún derecho de propiedad intelectual ni otro derecho sobre la Información Confidencial por razón de este Acuerdo, salvo el uso limitado expresamente permitido en el presente.

IX. INDEMNIZACIÓN. Cada Parte acepta indemnizar, defender y mantener indemne a la otra Parte, así como a sus directivos, agentes, filiales, representantes y empleados, frente a cualquier reclamación, demanda, costo, responsabilidad, pérdida, gasto o daño, incluidos los honorarios razonables de abogado y peritos, que derive de cualquier reclamación relacionada con un incumplimiento sustancial de las declaraciones, garantías, obligaciones o compromisos asumidos por la Parte indemnizadora conforme a este Acuerdo.

La obligación de indemnización se aplicará únicamente en la medida en que las alegaciones, de ser ciertas, constituyan un incumplimiento sustancial de este Acuerdo por parte de la Parte indemnizadora.

X. HONORARIOS Y COSTAS DE ABOGADO. En cualquier acción legal relacionada con este Acuerdo, la Parte que prevalezca tendrá derecho a recuperar los honorarios razonables de abogado y las costas permitidas por la ley aplicable.
XI. VIGENCIA. Este Acuerdo permanecerá en vigor durante _________ a partir de la Fecha de Entrada en Vigor o hasta que la Parte Divulgadora envíe a la Parte Receptora una notificación por escrito que declare expresamente que toda la Información Confidencial divulgada en virtud del presente pasa a ser de conocimiento público y queda generalmente disponible sin acción u omisión de la Parte Receptora.
XII. DISPOSICIONES GENERALES. Este Acuerdo obligará a las partes y redundará en beneficio de ellas. Este Acuerdo se interpretará y aplicará de conformidad con las leyes del _________, sin tener en cuenta los principios sobre conflicto de leyes. Este Acuerdo no será cedible a un tercero por ninguna de las partes. Ninguna de las partes podrá delegar sus obligaciones en virtud de este Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Este Acuerdo constituye el acuerdo íntegro entre las partes con respecto a la Oportunidad y reemplaza todos los acuerdos previos, escritos y orales, entre las partes en relación con la oportunidad comercial. Si un tribunal u otro órgano de jurisdicción competente determina que alguna disposición de este Acuerdo, o parte de ella, es inválida o inaplicable, dicha disposición se aplicará en la máxima medida permitida por la ley a fin de dar efecto a la intención de las partes, y el resto de este Acuerdo continuará en pleno vigor y efecto. No se podrá renunciar a ninguna disposición de este Acuerdo salvo mediante un documento escrito otorgado por la parte contra la cual se pretenda hacer efectiva la renuncia. El hecho de que una parte no haga cumplir alguna disposición de este Acuerdo no se interpretará como una renuncia a dicha disposición ni impedirá que dicha parte haga cumplir cualquier otra disposición de este Acuerdo. No se podrá enmendar ni modificar de otro modo ninguna disposición de este Acuerdo salvo mediante un documento escrito firmado por las partes de este Acuerdo.
XIII. INMUNIDAD DEL DENUNCIANTE (WHISTLEBLOWER). Este Acuerdo de Confidencialidad reconoce la inmunidad otorgada a la Parte Receptora en virtud de la Defend Trade Secrets Act, que establece en su § 1833(b)(1) que las personas gozarán de inmunidad civil o penal por la divulgación de un secreto comercial que: (a) se realice «de forma confidencial a un funcionario del gobierno federal, estatal o local, ya sea directa o indirectamente, o a un abogado» y únicamente con «el propósito de denunciar o investigar una presunta violación de la ley»; o (b) se realice en una demanda o documento «presentado en un litigio u otro procedimiento», siempre que dicha presentación se haga bajo sello judicial.
XIV. FIRMANTES. Cada parte declara que la persona indicada en la línea de firma de este Acuerdo tiene plena autoridad para obligar a la parte y es la persona apropiada para firmar este Acuerdo. Cada parte declara que el presente Acuerdo será firmado por _________ y _________.

PARTE DIVULGADORA:

By: _______________________________
   _________

PARTE RECEPTORA:

By: _______________________________
   _________
Crear Acuerdo

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