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Modelo de Testamento

Cree un testamento y últimas voluntades adaptado a su situación y al estado donde reside. Nuestro modelo le ayuda a indicar cómo desea distribuir sus bienes, a nombrar un albacea y a designar tutores para sus hijos menores mediante un documento claro que puede completar, descargar, imprimir y firmar.

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¿Tiene hijos?

Last Update August 12, 2026

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¿Qué es un Testamento y Últimas Voluntades?

Conocido en inglés como Last Will and Testament, es un documento legal que recoge sus instrucciones para administrar y distribuir su patrimonio tras su fallecimiento.

Permite identificar a sus beneficiarios, dejar bienes concretos, nombrar a la persona que administrará la herencia y proponer a quien desea que ejerza como tutor de sus hijos menores.

Entra en vigor tras el fallecimiento del testador (quien, en vida, redacta y otorga un testamento) y debe cumplir con las leyes estatales aplicables para ser válido.

Ejemplo de un Testamento Sencillo

Puede consultar este ejemplo de testamento en nuestra plataforma para conocer la estructura habitual del documento. Utilice nuestro modelo para crear un testamento adaptado a sus decisiones, a su situación familiar y al estado en el que reside.

Ejemplo de Modelo de Testamento
Comience su Testamento

¿Por Qué es Importante Tener un Testamento?

Tener un testamento le permite decidir quién recibirá sus bienes en lugar de dejar que la ley estatal determine la distribución.

Con este documento, usted puede:

  • Elegir beneficiarios, incluidos amigos u organizaciones benéficas.
  • Nombrar al responsable de administrar el patrimonio.
  • Dejar bienes específicos o porcentajes de la herencia.
  • Nombrar tutores para sus hijos menores.
  • Indicar qué ocurrirá si un beneficiario fallece antes que usted.

Algunos activos con beneficiario designado o en copropiedad con derecho de supervivencia pueden transferirse fuera del testamento. Conviene coordinar el documento con el resto de su planificación patrimonial.

¿Quién necesita un testamento?

Aunque hacer un testamento puede ser conveniente para cualquier adulto que quiera controlar el destino de sus bienes, es especialmente importante si:

  • Tiene hijos menores
  • Una vivienda
  • Una empresa
  • Personas a su cargo
  • Desea beneficiar a alguien que podría no heredar según las leyes estatales

Importante: También conviene revisar el testamento después de casarse, divorciarse, tener hijos, mudarse a otro estado o experimentar cambios importantes en su patrimonio, en sus beneficiarios o en sus relaciones familiares.

Además, es recomendable revisarlo periódicamente para comprobar que sigue reflejando sus decisiones.

¿Qué Pasa si Fallece sin Testamento?

Cuando una persona muere sin testamento válido, fallece intestada. Las leyes de sucesión intestada de cada estado determinan quién hereda sus bienes, normalmente siguiendo un orden de parentesco.

El tribunal sucesorio puede nombrar a un administrador para reunir los activos, pagar deudas e impuestos y distribuir el patrimonio. Un juez también decidirá sobre la tutela de los hijos menores (guardianship).

La clave radica en que el resultado puede no coincidir con sus preferencias, especialmente si quería beneficiar a una pareja no casada, a un amigo o a una organización.

¿Cómo Hacer un Testamento en Estados Unidos?

Para hacer un testamento en Estados Unidos, debe seguir los siguientes pasos:

Paso¿Qué debe hacer?
1. Identifique al testadorIncluya su nombre completo, dirección y estado de residencia para dejar claro que el documento contiene sus últimas voluntades.
2. Nombre a un albaceaElija a una persona de confianza para administrar la herencia, pagar las deudas y distribuir los bienes. También puede nombrar un sustituto.
3. Identifique a los beneficiariosIndique claramente quiénes recibirán sus bienes. Puede incluir familiares, amigos u organizaciones benéficas.
4. Distribuya sus bienesEspecifique qué dinero, propiedades u objetos recibirá cada beneficiario y quién heredará el resto del patrimonio.
5. Designe tutoresSi tiene hijos menores, nombre a la persona que desea que se encargue de su cuidado y, preferiblemente, a un tutor alternativo.
6. Revise el testamentoCompruebe que los nombres y las instrucciones sean correctos y no contradigan otros documentos de planificación patrimonial.
7. Firme el documentoFirme el testamento ante el número de testigos exigido por su estado y cumpla cualquier otra formalidad aplicable.

Nuestro modelo de testamento gratuito le guía con preguntas para crear un documento adaptado a sus circunstancias y necesidades.

Para familias reconstituidas, propiedades en varios estados o patrimonios complejos, puede ser recomendable consultar a un abogado.

Requisitos Legales para Hacer un Testamento

Los requisitos para que un testamento sea válido varían según la legislación de cada estado. Sin embargo, normalmente deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

Capacidad legal

El testador debe haber alcanzado la edad exigida por el estado (generalmente 18 años) y tener capacidad mental suficiente para comprender sus bienes, sus beneficiarios y las consecuencias del documento.

Formato permitido

Por lo general, el testamento debe constar por escrito. Algunos estados también reconocen determinados testamentos electrónicos o manuscritos, siempre que cumplan con sus requisitos específicos.

Firma

El testador debe firmar el documento conforme a las formalidades estatales. En determinadas circunstancias, otra persona puede firmarlo en su presencia y conforme a sus instrucciones.

Testigos

Por lo general, el testamento debe firmarse o reconocerse ante dos testigos, aunque los requisitos varían según el estado y el tipo de testamento. Para reducir posibles conflictos, es aconsejable utilizar testigos que no sean beneficiarios.

Nota: normalmente, notarizar el testamento no sustituye la firma de los testigos ni es necesario para su validez.

Sin embargo, cuando la legislación estatal lo permite, puede adjuntarse una declaración jurada de autoautenticación (self-proving affidavit) para facilitar la prueba del documento durante el proceso sucesorio.

Otros Documentos Relacionados

Consulte otros instrumentos jurídicos que pueden ser de utilidad en su planificación patrimonial:

  • Carta poder
  • Comprobante de venta
  • Contrato de compraventa

Preguntas Sobre Testamentos y Últimas Voluntades

Ambos documentos sirven para organizar la transmisión de sus bienes, pero funcionan de forma diferente:

  • El testamento entra en vigor tras el fallecimiento y permite distribuir el patrimonio y designar tutores para los hijos menores.
  • El fideicomiso de vida puede administrar bienes durante su vida y transferirlos tras su fallecimiento, sin que necesariamente pasen por el proceso sucesorio.

Un testamento puede ser impugnado o declarado inválido si el testador no tenía capacidad mental suficiente para comprender sus bienes, familiares, beneficiarios o el contenido del documento.

También pueden surgir problemas si no se cumplen los requisitos estatales de firma y testigos, si existen varios testamentos contradictorios o si se demuestra que hubo fraude, coacción o influencia indebida.

Puede modificar su testamento mediante un codicilo, un documento que permite modificar disposiciones concretas, como los beneficiarios, los bienes o las albaceas. El codicilo debe firmarse con las mismas formalidades exigidas para el testamento.

Cuando los cambios sean importantes, suele ser más aconsejable crear un documento nuevo y revocar expresamente el anterior. Los requisitos varían según el estado.

Sí. Puede dejar dinero, propiedades u otros bienes a una organización benéfica. Identifique a la entidad con precisión e indique el bien, la cantidad o el porcentaje que recibirá.

También puede confirmar con la organización su nombre legal y los datos que recomienda incluir.

El costo depende del método y de la complejidad del patrimonio. Un modelo de testamento en línea suele costar menos que el asesoramiento personalizado.

Los honorarios de un abogado varían según la ubicación y el trabajo requerido. Aunque encuentre un testamento gratuito, debe firmarlo correctamente para que sea válido.

Preview of your Testamento

TESTAMENTO DE _________
Yo, _________, de _________, County of _________, Alabama, otorgo este, mi Testamento, y revoco todos los testamentos y codicilos que haya otorgado con anterioridad.
DECLARACIONES PRELIMINARES
Estado Civil

1. Actualmente no estoy casado(a).
Hijos Actuales

2. Actualmente no tengo hijos vivos.
3. Todas las referencias en este Testamento a "mis hijos" se refieren a todos los hijos que en adelante me nazcan o que yo adopte.
DISPOSICIONES DEL ALBACEA
Definición

4. El Albacea se define como el fiduciario encargado de administrar el patrimonio al fallecer el testador. Algunas jurisdicciones usan el término representante personal para referirse al fiduciario del patrimonio y algunas jurisdicciones usan el término y 'executrix'.
Nominación

5. Nomino a _________ de _________, _________, para que sea mi Albacea independiente de este Testamento.
Si _________ fallece, o no reúne las condiciones, renuncia, se incapacita, o de cualquier otro modo deja de actuar como mi Albacea, nomino al sobreviviente de _________ para que sea mi Albacea independiente de este Testamento.
6. No se exigirá a mi Albacea ninguna fianza ni otra garantía en ninguna jurisdicción. No se requerirá ninguna actuación ante tribunal alguno en relación con la liquidación de mi patrimonio, salvo la legalización y el registro de mi Testamento y, si la ley lo exige, la presentación de un inventario, avalúo y lista de reclamaciones de mi patrimonio, o la presentación de una declaración jurada en lugar de dicho inventario si la ley lo permite.
Facultades del Albacea

7. El Albacea, en la medida en que lo permita la ley, actuará de forma independiente y libre del control de cualquier tribunal respecto de mi patrimonio (y de todos los bienes de mi patrimonio). El Albacea tendrá y poseerá las siguientes facultades y atribuciones (cada una de las cuales podrá ejercerse a discreción de dicho Albacea) respecto de mi patrimonio:
     a. Pagar mis deudas legalmente exigibles, los gastos funerarios y todos los gastos relacionados con la administración de mi patrimonio y de los fideicomisos creados por mi Testamento tan pronto como sea conveniente tras mi fallecimiento. Si alguno de los bienes inmuebles legados en mi Testamento permanece sujeto a una hipoteca al momento de mi fallecimiento, dispongo que el legatario que reciba ese bien hipotecado lo reciba sujeto a dicha hipoteca y que el legatario no tenga derecho a que la hipoteca se pague o se cancele con los demás bienes del remanente de mi patrimonio.
     b. Realizar todas las acciones legales para que la legalización de mi Testamento se complete de la manera más rápida y sencilla posible, y con la menor supervisión judicial posible, conforme a las leyes del State of Alabama.
     c. Retención de Bienes

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, retener cualquier bien que yo poseyera al momento de mi fallecimiento cuando mi Albacea determine que, por las circunstancias del caso, conviene más a mi patrimonio no diversificar la inversión en dicho bien.
     d. Disposición de los Bienes del Patrimonio

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, permutar, vender, administrar, transmitir o arrendar a cambio de dinero, bienes o crédito, o dividir, pública o privadamente, a los precios y en los plazos, momentos y condiciones, y mediante instrumentos del carácter y con los pactos que mi Albacea estime adecuados, la totalidad o parte de los bienes de mi patrimonio, incluidos los bienes inmuebles; y ningún comprador o arrendatario estará obligado a vigilar la aplicación de los fondos pagados a mi Albacea.
     e. Obtención de Préstamos y Administración de Bienes

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, tomar dinero en préstamo de cualquier fuente (incluido cualquier Albacea) y gravar mediante hipoteca, prenda o de cualquier otra forma la totalidad o parte de los bienes de mi patrimonio, según resulte aconsejable a juicio de mi Albacea para la administración ventajosa de mi patrimonio. El Albacea también tendrá la facultad de mantener, convertir, adquirir y liquidar inversiones y valores. Asimismo, el Albacea tendrá la facultad de votar acciones o ejercer cualquier opción relativa a cualquier inversión o valor sin responsabilidad por pérdidas.
     f. Operaciones Bancarias

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, abrir o cerrar cuentas bancarias.
     g. Operaciones Comerciales

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, mantener, continuar, disolver, modificar o vender cualquier negocio que forme parte de mi patrimonio, o adquirir cualquier negocio si mi Albacea lo considera necesario o beneficioso para mi patrimonio.
     h. Negocios de Capital Cerrado

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, continuar cualquier negocio (ya sea una empresa individual, sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad en comandita u otra entidad) que yo posea o en el que tenga un interés financiero al momento de mi fallecimiento, por el tiempo que mi Albacea considere que conviene a los mejores intereses de mi patrimonio; emplear en la conducción de dicho negocio los bienes de mi patrimonio que mi Albacea estime adecuados; tomar dinero en préstamo para usarlo en dicho negocio, solo o junto con otras personas con interés financiero en él, y garantizar dicho préstamo o préstamos mediante hipoteca, prenda o cualquier otra forma de gravamen, no solo de mi participación en dicho negocio sino también de los demás bienes de mi patrimonio que mi Albacea estime adecuados; organizar, ya sea solo o junto con otros, nuevas sociedades anónimas, sociedades colectivas, sociedades en comandita u otras entidades; y, en general, ejercer respecto de la continuación, administración, venta o liquidación de cualquier negocio que yo posea o en el que tenga un interés financiero al momento de mi fallecimiento, o de cualquier nuevo negocio o interés comercial, todas las facultades que yo podría haber ejercido en vida.
     i. Distribución a los Beneficiarios

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, efectuar, a discreción de mi Albacea, cualquier distribución exigida o permitida a cualquier beneficiario conforme a este Testamento.
     j. Asuntos Legales

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, reclamar, mantener, transigir, demandar, desistir o de cualquier otro modo gestionar cualquier litigio contra mi patrimonio. Asimismo, el Albacea también tendrá la facultad de obtener representación legal, asesoría contable o cualquier otra ayuda profesional necesaria en beneficio del patrimonio.
     k. Distribuciones en Especie

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, efectuar divisiones, particiones o distribuciones en dinero o en especie, o en parte de cada forma, siempre que se requiera o se permita dividir, partir o distribuir la totalidad o parte de mi patrimonio; y, al efectuar dichas divisiones, particiones o distribuciones, el criterio de mi Albacea en la selección y valoración de los bienes que se dividan, partan o distribuyan será obligatorio y concluyente. Asimismo, mi Albacea no será responsable de las distintas consecuencias fiscales para los beneficiarios de mi patrimonio. Por último, mi Albacea estará autorizado a efectuar distribuciones de mi patrimonio sobre una base no prorrateada.
     l. Inversiones

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, invertir y reinvertir los bienes de mi patrimonio en cualquier clase de bien, mueble o inmueble, sea o no productor de renta; y dichas inversiones y reinversiones podrán hacerse sin atender a la proporción que dicho bien, o un bien de carácter similar en cartera, guarde respecto de la totalidad de mi patrimonio, si mi Albacea determina que, por las circunstancias del caso, conviene más a mi patrimonio no diversificar dichas inversiones o reinversiones.
     m. Operaciones con Partes Interesadas

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, celebrar cualquier operación en nombre de mi patrimonio (incluidos préstamos a beneficiarios con garantía e interés adecuados) a pesar de que otra parte en dicha operación pueda ser:

           (i) un fideicomiso del cual cualquier Albacea bajo este Testamento sea también fiduciario;
           (ii) un patrimonio del cual cualquier Albacea bajo este Testamento sea también albacea, representante personal o administrador, incluido mi patrimonio;
           (iii) un negocio o fideicomiso controlado por cualquier Albacea bajo este Testamento o del cual dicho Albacea, o cualquier director, directivo o empleado de dicho Albacea corporativo, sea también director, directivo o empleado; o
           (iv) cualquier beneficiario o Albacea bajo este Testamento actuando a título individual.
     n. Delegación y Apoderados

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, emplear abogados, contadores, gestores de inversiones, especialistas y demás apoderados que mi Albacea estime necesarios o convenientes; tener la facultad de nombrar a uno o varios gestores de inversiones para administrar la totalidad o parte de los bienes de mi patrimonio y delegar en dicho gestor la discrecionalidad de inversión, y dicho nombramiento incluirá la facultad de adquirir y disponer de tales bienes; y cargar a mi patrimonio la remuneración de dichos abogados, contadores, asesores de inversiones, gestores de inversiones, especialistas y demás apoderados, así como cualquier otro gasto.
     o. Pago de Deudas

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, utilizar el efectivo y cualesquiera valores u otros bienes de mi propiedad para saldar cualquier préstamo u otra deuda de la que mi patrimonio sea responsable, o para mantener la totalidad o parte de dichos préstamos o deudas.
     p. Custodia de Bienes Muebles

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, custodiar los bienes muebles entregados a una persona que sea menor de edad o que esté incapacitada, para su posterior distribución a dicha persona.
     q. Activos Digitales

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, acceder, utilizar, administrar, cerrar, controlar, cancelar, desactivar o eliminar cualquier Cuenta Digital y Activo Digital sobre los que yo tuviera un derecho o interés al momento de mi fallecimiento. Esta autorización pretende interpretarse como consentimiento lícito conforme a la Electronic Communications Privacy Act of 1986, en su versión modificada; la Computer Fraud and Abuse Act of 1986, en su versión modificada; y cualquier otra ley federal o estatal aplicable en materia de privacidad de datos o cualquier ley penal.

     Por Activo Digital se entiende un registro electrónico sobre el que yo tuviera un derecho o interés al fallecer, y puede incluir datos, archivos, documentos, audio, video, imágenes, sonidos, contenido de redes sociales, contenido de redes de contactos, aplicaciones, códigos, puntos de tarjetas de crédito, millas y puntos de viaje, códigos fuente de computadora, programas de computadora, software, licencias de software, bases de datos y similares, que se creen, generen o almacenen por medios electrónicos.
     r. Distribuciones a Beneficiarios Menores de Edad o Incapacitados

     Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, efectuar, a discreción de mi Albacea, cualquier distribución exigida o permitida a cualquier beneficiario conforme a este Testamento, en cualquiera de las siguientes formas cuando dicho beneficiario sea menor de edad o esté incapacitado:

           (i) directamente a dicho beneficiario;
           (ii) al tutor o curador de la persona o de los bienes de dicho beneficiario;
           (iii) empleándola directamente y sin la intervención de ningún tutor o curador, para la salud, el sustento, la manutención o la educación de dicho beneficiario;
           (iv) a una persona o institución financiera que actúe como custodio de dicho beneficiario conforme a una Uniform Gifts to Minors Act o una Uniform Transfers to Minors Act de cualquier estado;
           (v) reembolsando a la persona que efectivamente cuida de dicho beneficiario (aunque dicha persona no sea el tutor o curador legal) los gastos realizados por ella en beneficio de dicho beneficiario;
           (vi) administrando dicha distribución como un fondo separado en nombre del beneficiario, y los recibos escritos de las personas que reciban dichas distribuciones constituirán descargos plenos para mi Albacea.
     s. Salvo que se disponga lo contrario en este Testamento, ser mi Fiduciario y mantener en fideicomiso la parte de cualquier beneficiario menor de edad, realizar cualquier acto para mantener dicha parte invertida, pagar la renta o el capital según mi Albacea lo considere aconsejable para la manutención y educación de dicho beneficiario menor de edad hasta que el beneficiario sea legalmente mayor de edad.

     Como alternativa, el Albacea deberá realizar los actos antes señalados antes de que dicho beneficiario alcance la mayoría de edad legal, para pagar o transferir la parte a cualquier progenitor o tutor de dicho beneficiario, sujeto a las mismas condiciones. Si el progenitor o tutor recibe dicho pago o transferencia, mi Albacea quedará liberado.
Facultades Legales y de Common Law

8. Además de las facultades otorgadas anteriormente al Albacea, el Albacea tendrá y poseerá todas las facultades y atribuciones conferidas por ley o por el common law en cualquier jurisdicción en la que dicho Albacea pueda actuar, salvo en aquellos casos en que dichas facultades y atribuciones entren en conflicto con las disposiciones expresas de este Testamento, en cuyo caso prevalecerán las disposiciones expresas de este Testamento.

La autoridad y las facultades antes otorgadas a mi Albacea se suman a cualesquiera facultades y derechos electivos conferidos por la ley estatal o federal o por otra disposición de este Testamento, y podrán ejercerse cuantas veces sea necesario y sin solicitud ni aprobación de tribunal alguno.
DISPOSICIÓN DEL PATRIMONIO
Distribución del Remanente

9. Para tener derecho a recibir cualquier legado o bien conforme a este Testamento, el beneficiario deberá sobrevivirme al menos treinta (30) días. Los beneficiarios recibirán y compartirán dicho remanente en partes iguales, incluidos los bienes y activos que no hayan sido legados o que no sean necesarios para pagar deudas, gastos relacionados con este Testamento, impuestos, gastos funerarios o cualquier otro gasto administrativo derivado de mi Testamento. Todos los bienes entregados conforme a este Testamento a mis beneficiarios quedan sujetos a cualesquiera gravámenes o cargas que pesen sobre ellos.
10. Instruyo a mi Albacea para que distribuya el remanente de mi patrimonio de la siguiente manera ("Asignaciones de Partes"):
     a. El destinatario _________ de _________, _________, recibirá la totalidad del remanente de mi patrimonio para su uso y propiedad exclusivos.
11. No obstante, si un beneficiario designado fallece antes de tener derecho a recibir la totalidad de su parte del remanente de mi patrimonio, dicha parte o el monto restante de esa parte se dividirá proporcionalmente entre los beneficiarios restantes, conforme a las Asignaciones de Partes antes establecidas.
Cláusula de Distribución Subsidiaria

12. Si todos mis beneficiarios designados fallecen antes que yo, o si no soy sobrevivido al menos treinta (30) días, instruyo a mi Albacea para que divida el remanente restante de mi patrimonio en cien (100) partes iguales. Asimismo, mi Albacea pagará y transferirá dichas partes de la siguiente manera:
     a. 100 partes del remanente de mi patrimonio se dividirán en partes iguales entre mis padres y hermanos, o sus sobrevivientes, para su uso y propiedad exclusivos. Si estos beneficiarios fallecen antes de tener derecho a recibir su parte de mi patrimonio, y dichos beneficiarios tienen sobrevivientes, estos tendrán derecho a que se les distribuya su parte de mi patrimonio.
FIDEICOMISO TESTAMENTARIO
Fideicomiso Testamentario para Beneficiarios Menores de Edad

13. Es mi intención crear un fideicomiso testamentario (el "Fideicomiso Testamentario") para cada menor designado como beneficiario en este Testamento. Asimismo, nombro a mi(s) Albacea(s) como fiduciario (el "Fiduciario") de cualquier Fideicomiso Testamentario creado conforme a este Testamento. Todos los bienes legados, transferidos o donados a un beneficiario menor de edad conforme a este Testamento se mantendrán en un fideicomiso separado hasta que el beneficiario alcance la edad designada. Todos los bienes que yo entregue a un beneficiario menor de edad conforme a este Testamento serán administrados por mi(s) Albacea(s) hasta que ese beneficiario menor de edad alcance la mayoría de edad.
Administración del Fideicomiso

14. Instruyo al Fiduciario para que administre el Fideicomiso Testamentario de la siguiente manera:
     a. El Fiduciario administrará todos los bienes y activos en beneficio del menor hasta que dicho menor alcance la edad que he establecido anteriormente para la distribución final;
     b. Cuando el menor alcance la edad que he establecido anteriormente para la distribución final, todos los bienes y activos restantes en el fideicomiso se transferirán de inmediato al beneficiario menor de edad; y
     c. Hasta que el beneficiario menor de edad alcance la edad que he establecido anteriormente para la distribución final, mi Fiduciario mantendrá invertidos todos los activos del fideicomiso. Asimismo, mi Fiduciario pagará la totalidad o parte de la renta neta derivada de dichos activos y cualquier monto del capital que mi Fiduciario estime necesario para sustentar, mantener, educar o beneficiar al beneficiario menor de edad.
15. El Fiduciario tendrá la discreción de usar los fondos del fideicomiso en cualquier inversión o para adquirir bienes. Al ejercer su discreción, el Fiduciario actuará siempre con el cuidado, la pericia y la diligencia que se esperan de una persona prudente que actúa en una capacidad similar.
Terminación del Fideicomiso

16. El Fideicomiso Testamentario terminará en cualquiera de los siguientes supuestos:
     a. Cuando el beneficiario menor de edad alcance la edad que he establecido para la distribución final;
     b. Al fallecer el beneficiario menor de edad; o
     c. Al distribuirse por completo todos los activos del fideicomiso.
     (1) Facultades del Fiduciario
      Mi Fiduciario tendrá las facultades discrecionales para administrar el fideicomiso aquí creado y ejercerlas de la siguiente manera:
     a. La facultad de realizar todos los gastos necesarios para llevar a cabo lo instruido en este fideicomiso;
     b. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad discrecional de vender, ceder, pignorar, permutar, o exigir y convertir en dinero cualquier bien del fideicomiso, incluidos los bienes inmuebles, que el Fiduciario estime necesario;
     c. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad discrecional de hipotecar los bienes del fideicomiso;
     d. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad discrecional de tomar dinero en préstamo de cualquier fuente y prestar dinero a cualquier beneficiario si redunda en el mejor interés de dicho beneficiario;
     e. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de realizar gastos en beneficio de los beneficiarios o con el fin de mantener cualquier bien;
     f. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de registrar y mantener cualesquiera valores u otros bienes a nombre del Fiduciario o a nombre de los beneficiarios, sin aumentar ni disminuir la responsabilidad fiduciaria del Fiduciario;
     g. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de arrendar los bienes del fideicomiso, incluidos bienes inmuebles y bienes muebles;
     h. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de realizar inversiones;
     i. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de aceptar, recibir, dar recibo o permutar una participación o un pago proveniente de un patrimonio, fideicomiso o cualquier bien, de cualquier fuente y bajo cualquier forma de propiedad;
     j. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de emplear y pagar a cualquier persona, incluida una sociedad anónima, para conducir cualquier negocio. Asimismo, el Fiduciario tendrá la facultad de realizar cualquier actividad relacionada con un fideicomiso creado conforme a mi Testamento, incluida la recepción y el pago de dinero. Por último, autorizo a mi Fiduciario para que designe a cualquier persona, incluida una sociedad anónima, para ejercer cualquiera de las facultades aquí otorgadas a mi Fiduciario respecto de cualquier bien que pertenezca al fideicomiso;
     k. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, transigir, resolver o renunciar a cualquier reclamación relativa al fideicomiso en la medida en que mi Fiduciario lo considere conveniente para el mejor interés de los beneficiarios del fideicomiso. Asimismo, mi Fiduciario tendrá la facultad de celebrar un acuerdo vinculante con cualquier otra persona, incluida una sociedad anónima;
     l. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de elegir, determinar, designar o asignar respecto de cualquier actuación que se requiera de mi Fiduciario conforme a cualquier disposición de cualquier ley, según mi Fiduciario lo estime conveniente a su discreción y según dicho Fiduciario lo considere necesario y aconsejable. Asimismo, cada elección, determinación, designación o asignación será definitiva y vinculante para todas las personas;
     m. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la facultad de recibir una compensación razonable con cargo a los activos del fideicomiso; y
     n. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, emplear y apoyarse en el asesoramiento de profesionales del derecho o de la contabilidad para ayudar al Fiduciario a administrar el fideicomiso.
      Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, la autoridad y las facultades que aquí otorgo a mi Fiduciario no excluyen cualesquiera facultades adicionales conferidas por la ley estatal o federal, o por otra disposición de este Testamento.
     (2) Otras Disposiciones
     a. Salvo que se instruya lo contrario en este Testamento, instruyo que mi Fiduciario no podrá ser considerado responsable de ninguna pérdida sufrida por mi patrimonio o por cualquier beneficiario como resultado del ejercicio de los deberes, autoridades y facultades otorgados al Fiduciario conforme a este Testamento;
     b. Si alguna disposición de este fideicomiso se declara inválida, las demás disposiciones continuarán teniendo efecto legal.
DISPOSICIONES GENERALES
Patrimonio Insuficiente

17. En la medida en que el valor de mi patrimonio sea insuficiente para cumplir todos los legados conforme a este Testamento, mi Albacea tendrá la facultad de ajustar cada legado proporcionalmente.
Cláusula de No Impugnación

18. Si algún beneficiario de mi patrimonio impugna la legalización o la validez de este Testamento o de cualquiera de sus disposiciones, todos los beneficios previstos para dicho beneficiario quedarán revocados y se transmitirán como si ese beneficiario impugnante no me hubiera sobrevivido. Esta disposición será exigible salvo que la parte que promueva la impugnación demuestre que la impugnación se interpuso y mantuvo de buena fe y que existe causa probable para impugnar el Testamento.
Divisibilidad

19. Si alguna cláusula o término de este Testamento se considera inexigible o inválido como cuestión de derecho, todas las demás disposiciones de este Testamento permanecerán en vigor en la máxima medida permitida por la ley aplicable a este Testamento.
EN FE DE LO CUAL, he firmado con mi nombre el día ____ día de ________________ de ________, en _________, Alabama, declarando y publicando este instrumento como mi Testamento, en presencia de los testigos suscritos, quienes presenciaron y suscribieron este Testamento a mi solicitud y en mi presencia.

_____________________________
_________ (Testador) Firma

FIRMADO Y DECLARADO por _________ el día ____ día de ________________ de ________ como el Testamento del Testador, en nuestra presencia, en _________, Alabama, quienes, a solicitud del Testador y en presencia del Testador y de los demás, estando todos presentes al mismo tiempo, hemos firmado con nuestros nombres como testigos.
  
________________________________________________
Firma del Testigo 1Firma del Testigo 2
  
________________________________________________
Nombre del Testigo 1 (En letra de molde)Nombre del Testigo 2 (En letra de molde)
  
________________________________________________
Domicilio del Testigo 1Domicilio del Testigo 2
  
________________________________________________
Ciudad/Estado del Testigo 1Ciudad/Estado del Testigo 2
DECLARACIÓN JURADA
Yo, _________, el Testador, firmo con mi nombre este instrumento este día _____ de ____________________ de 20____, y habiendo sido primero debidamente juramentado, declaro por la presente ante la autoridad suscrita que firmo y otorgo este instrumento como mi Testamento y que lo firmo voluntariamente (o indico voluntariamente a otra persona que firme por mí), que lo otorgo como mi acto libre y voluntario para los fines expresados en el Testamento, y que tengo dieciocho (18) años de edad o más, estoy en pleno uso de mis facultades mentales y sin coacción ni influencia indebida.
________________________
Testador
Nosotros, ________________________ y ________________________, los testigos, firmamos con nuestros nombres este instrumento, habiendo sido primero debidamente juramentados, y declaramos por la presente ante la autoridad suscrita que el Testador firma y otorga este instrumento como su Testamento y que el Testador lo firma voluntariamente (o indica voluntariamente a otra persona que firme por el Testador), y que cada uno de nosotros, en presencia y a oídas del Testador, firma por la presente este Testamento como testigo de la firma del Testador, y que, a nuestro leal saber y entender, el Testador tiene dieciocho (18) años de edad o más, está en pleno uso de sus facultades mentales y sin coacción ni influencia indebida.
________________________________________________
Firma del Testigo 1Firma del Testigo 2


State of Alabama
COUNTY OF _____________________
Suscrito, jurado y reconocido ante mí por _________, el Testador, y suscrito y jurado ante mí por ________________________ y ________________________, testigos, este día _____ de ____________________ de 20____.

(Sello)

(Firmado) _____________________________

______________________________________
(Cargo oficial del funcionario)
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